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Editorial

El Discurso del Presidente de la Suprema Corte de Justicia

El Discurso del Presidente de la Suprema Corte de Justicia Luis Henry Mejía, dictado ayer en ocasión del Día del Poder Judicial fué bueno por breve pero le faltó contenido, debido a que (1) centra el propósito para este 2020 en la lucha de siempre (2) superar la mora judicial sin tocar el fondo (3) exigiendo más esfuerzos a los ya bastante forzado servidores del sector justicia (4) atribuye la mora al exceso de trámites procedimentales (5) adjudicando la culpa sin decirlo a las chicanas de litigantes sin escrúpulos (6) asumiendo que redistribuyendo los recursos se resolverá el déficit presupuestario.

Esa línea discursiva no augura esperanza de transformar el ya desvecijado servicio de justicia, porque (1) no explica cómo recuparar la credibilidad que se logra respetando y haciendo respetar las reglas del debido proceso aunque duela (2) no dijo que propondría al Pleno ejercer la facultad de iniciativa judicial proponiendo un proyecto de ley para redistribuir la carga de trabajo de los tribunales de primera instancia (3) ampliando la competencia de los juzgados de paz (4) de tal manera que estos conozcan en primer grado todos los asuntos de vecindad como las demandas en desalojo por cualquier causa, cobro de pesos hasta cincuenta salarios mínimos, responsabilidad civil de cualquer cuantía por accidentes de tránsito o conflictos semejantes, y los casos de familia como los divorcios por cualquier causal, adopción y semejantes, atribuirle además todos los casos penales de naturaleza correccional (5) cuyas decisiones serían recurridas en segundo grado ante los tribunales de primera instancia (6) limitando el recurso de casación a las cuantías previstas como en materia laboral, por ejemplo.

Esto descongestionaría los tribunales de primera instancia, las Cortes de Apelación y la propia Suprema, además que daría fuerza a las sentencias de primer grado, dando más legitimidad a las decisiones y eficiencia al sistema, legitimandolo ante la gente que en vez de agredir iría confiados a que la justicia resolvería pronto el conflicto, lo que se podría realizar con el presupuesto disponible si se redistribuye el personal y se reorientan los recursos.

El Presidente de la Suprema y del Consejo está en la obligación de impulsar la habilitación de los Tribunales de Jurisdicción Administrativa por Provincias según manda la ley, lo que (1) acercaría la justicia administrativa al ciudadano para impulsar acciones contra las arbitrariedades de la administración pública (2) acercaría el acceso a la acción constitucional de amparo, como es actualmente con los casos municipales (3) descongestionaría el entaponamiento del TSA, que conocería en segundo grado los recursos contra las decisiones de primera instancia, hasta una cuantía limitada expresamente, como sucede en materia laboral.

La Justicia en Provincia Santo Domingo debió y debe declararla en Estado de Emergencia por Dignidad, activando gestiones para que (1) el Ministerio de Obras Públicas o la OISOE vengan en su auxilio en la construcción del Palacio de Justicia (2) terminar el Centro de Corrección en San Luis (3) demoler la cárcel de la indignidad en La Victoria para convertirla en el Centro Nacional de Educación Penitenciaria o desmantelarla para construir un Complejo Habitacional de Servidores Judiciales a bajo costo (4) trasladar dos de las tres salas penales de la Corte de Apelación del Distrito Nacional hacia la Provincia.

El Magistrado Luis Henry Mejía en su doble condición ya indicada, debió anunciar al país y la comunidad jurídica que ha retomado el fortalecimiento de la independencia funcional de los jueces que en la gestión anterior fueron aterrorizados porque (1) los suspendían sin sueldo para investigarlos (2) difundían al público las investigaciones en desmedro de las normas internas (3) les hacían juicios disciplinarios por dictar sentencias impopulares (4) los trasladaban por retaliación o desobiencia jerárquica en la toma de decisiones jurisdiccionales.

El Magistrado debió anunciar que a partir de ahora ningún juez será procesado por respetar y aplicar en sus sentencias la tutela efectiva de las garantías constitucionales propias del debido proceso.

Eso es lo que esperábamos, en vez de culpar la comunidad jurídica litigante por sospecha de postular con temerarias y acusar con sublimal sutileza a los jueces de tolerarlas con "trámites innecesarios", lo que sin saberlo tal vez, les incita a violar las reglas del debido proceso a costas del rendimiento.

Cándido Simón
Editorialista LND

@CándidoSimón

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