Félix Santana García
Corrupción y penalidades
Casi a diario, la prensa escrita, radial y televisada del país, se hace eco de las continuas denuncias sobre acciones de corrupción que tienen lugar en muchas entidades públicas, sin que se penalicen a los responsables de tales desmanes.
Conforme a los organigramas o, representación gráfica de las estructuras orgánicas de las instancias del Estado, figuran en éstas: departamentos de contraloría y auditoria que suponen deben realizar periódicamente exámenes de las cuentas contables, a la luz las normas internacionales de contabilidad y auditoría.
Además, por ley se les exige a todas las instituciones que por credibilidad y transparencia deben ser auditadas o fiscalizadas por firmas de auditorias externas e independientes, las que deben pronunciarse a través de dictámenes o informes con o sin salvedad, acerca de su situación financiera.
No es la primera, ni segunda vez, que dependencias estatales presentan informes de su situación financiera, maquillados o alterados, a los fines de mostrar un falso y débil desempeño de gestión administrativo.
En el caso de secretarías y direcciones generales que deben hacer uso responsable, adecuado, correcto, transparente y eficiente de los fondos consignados en sus respectivos presupuestos, se evidencia que incumplen con la responsabilidad de hacer público el verdadero resultado de sus ejecuciones presupuestarias, apegadas a la Ley Orgánica de Presupuesto, resoluciones, leyes y Decretos sobre la materia.
No obstante existir en el país organismos como la Contraloría General y la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, la primera dependiente directa del Poder Ejecutivo y la segunda responsable de rendir cuentas al Congreso Nacional. Ambas encargadas de auditar y supervisar el uso de los fondos del erario.
Pero en vista de que estos órganos fiscalizadores, no cumplen con las leyes que les dieron origen, al no realizar los exámenes de las cuentas contables en tiempo oportuno y darlas a conocer en un tiempo adecuado para la toma puntual de decisiones, que amerita en cada caso, se hacen cómplices de procedimientos y prácticas contables incorrectas que dan lugar a desvíos de fondos o acciones que rayan la moral y la ética.
Se han evacuado en el país los Decretos Nos: 101-05 que crea la Comisión de Ética y Combate a la corrupción, el 783-01 que crea el Consejo Asesor en Materia de Lucha Anticorrupción, el 322-97 que crea el Departamento de Persecución de la Corrupción Administrativa, el 149-98 que crea las comisiones de Ética Pública, la Ley No. 14-91 de Servicio Civil y carrera Administrativa la Constitución de la Republica y las leyes adjetivas sobre la materia.
Pero ningunas de las comisiones y departamentos creados han sido garantes para evitar que el país se encuentre entre los países más corruptos del mundo.
Además de todo esto y a pesar de que leyes y Decretos contienen un dispositivo sobre el castigo que conlleva la violación de las mismas, es costumbre en el país que solo se denuncie el acto corrupto, pero no se aplica con rigurosidad la penalidad que corrija el hecho consumado, lo cual coadyuva a fomentar el número de casos de actos de corrupción, vandalismo y la integración de asociaciones de malhechores.
De no ponerse en práctica los mecanismos que faciliten el castigo a los autores intelectuales y materiales de acciones corruptas, que incluya hasta la publicación de sus nombres, para que reciban la censura moral de la sociedad.
De nada serviría seguir creando departamentos dirigidos a combatir este flagelo, que se hagan informes sobre corrupción y transparencia en combinación con el Banco Mundial y otros organismos internacionales, cuando los verdaderos responsables de ejecutar leyes, resoluciones, decretos y sus penalidades, se hacen coparticipes de acciones negativas que van destruyendo los cimientos fundamentales de la sociedad dominicana que nos colocan en los primeros lugares de los países más corruptos, conforme el informe del Foro Económico Global.
El autor es: Administrador Financiero y profesor universitario.