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Félix Santana García

Activos financieros

Con motivo de la introducción al Senado de la República Dominicana, de un nuevo proyecto de ley de reforma fiscal, a los fines de aumentar los ingresos tributarios para cubrir parte del déficit presupuestal, generado por un incremento de los gastos públicos los cuales han sobrepasado los exiguos ingresos tributarios en más de RD$16,000.00, durante el primer trimestre del año que discurre, se introducen varios tipos de impuestos.

Entre estos tributos se destacan: el 2.5% de las ventas brutas locales de las zonas francas, 10% a la banca de lotería y deportiva, casinos, 1.5% por mil sobre los retiros de más de RD$20,000.00 por ventanillas de la banca múltiple, Asociaciones de Ahorros y Préstamos, Bancos de Ahorros y Crédito y Corporaciones de Créditos, incremento del impuesto sobre la renta de 25% a 27% y, el 1% sobre los activos financieros de los intermediarios financieros, entre otros.

En relación al impuesto sobre los activos financieros, se pensó inmediatamente que se trataba de gravar los títulos valores o el capital de deuda (préstamos, bonos, pagarés, letras de cambio, títulos de deuda) y el capital propio, contable o accionario, (acciones preferentes y comunes).

La literatura contable y financiera, trata el tema de los activos como aquellos recursos controlados por una entidad, identificados y cuantificados en términos monetarios, de los que se esperan beneficios económicos futuros y derivados de operaciones ocurridas en el pasado, que afectan económicamente a las instituciones, los cuales figuran en la sección de los activos del Estado de Situación o Balance General de una institución.

Mientras los activos productivos, se definen como aquellos que generan ingresos a las instituciones financieras (cartera de crédito, e inversiones en valores) y, los activos productivos netos, como activos productivos ajustados por el valor de las obligaciones contraídas en operaciones con valores y derivados.

Cuando se trata de la banca múltiple y puestos de bolsas, los activos productivos netos están conformados por: disponibilidades, inversiones en valores, más cartera vigente, operaciones con valores y derivados.

También se habla de activos reales, los cuales comprenden: inversiones en viviendas o tangibles, mientras los activos financieros son activos intangibles representados por: acciones o títulos valores transados en los mercados de capitales.

El tema viene a colación, porque el proyecto de ley impositivo de marras, creaba originalmente confusión en el aspecto de los activos a gravarse, pues se debió especificar que eran activos reales y no activos financieros como mencionaba en el mismo.

El documento impositivo, modificado y aprobado por el Senado, el cual pasa ahora a la Cámara de Diputados, para su conocimiento, aprobación o rechazo, trae el término, activos productivos netos y no, activos financieros, lo que viene a enmendar el error de semántica, que originalmente se había cometido, al hablarse de activos financieros cuando en realidad, son activos reales o, activos productivos financieros netos.

Conforme el Artículo No. 12 del señalado proyecto de ley, establece un impuesto anual a los activos productivos netos, excluyéndose del mismo las inversiones en títulos de valores del Gobierno Dominicano y del Banco Central de la República Dominicana.

Este impuesto será del 1% anual calculado a partir de los primeros RD$700.0 millones de cada entidad de intermediación financiera y, se pagará mensualmente un anticipo, dentro de los primeros quince (15) días de cada mes, lo que equivale a decir, una doceava parte (1/12) del uno por ciento (1%).

El mismo estará vigente por un período de dos (2) años, correspondiente a veinticuatro (24) meses contados a partir de la promulgación de la presente Ley. Se aplicará en los ejercicios fiscales: 2011, 2012 y 2013. Vencido dicho plazo, el referido impuesto quedará derogado automáticamente, sin prórroga alguna.

Independientemente de la definición del tipo de activo a gravarse y, la forma de pago de este impuesto, el mismo será traslativo a los usuarios de los servicios financieros, a través de las diferentes tasas activas y, otros cargos que cobran las instituciones financieras, los cuales encarecerán más, el costo de capital y, por ende, los precios de bienes, servicios, inversiones y aumentando el desempleo y complicando las operaciones bancarias. Ojalá que la Cámara de Diputados, desestime la aprobación de este impuesto.

El autor es administrador financiero y profesor universitario.
Reside en Santo Domingo.-

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