Carlos Salcedo dijo que, “la valoración de la prueba debe ser igualmente consistente para todos los involucrados”
Abogado penalista afirma el “no ha lugar”, “carece de coherencia jurídica”, lo que también es garantía del debido proceso.
Santo Domingo RD.- El abogado penalista Carlos Salcedo afirmó ayer que al justificar el “no ha lugar” a favor de Gonzalo Castillo en la legalidad de los recursos millonarios que habría recibido para la campaña electoral, por instrucciones de Donald Guerrero, y enviar a este a juicio de fondo, la decisión del cuarto juzgado de la instrucción “carece de coherencia jurídica”, lo que también es garantía del debido proceso.
Afirmó que si la transferencia de recursos forma parte de una narrativa fáctica (de la acusación del Ministerio Público), “la valoración de la prueba debe ser igualmente consistente para todos los involucrados”, puntualizó.
El jurista se refirió al tema al ser abordado por esta reportera.
El fallo
El pasado viernes, la jueza de la Instrucción Altagracia Rodríguez, dictó auto de “no ha lugar” a favor de Castillo y José Ramón Peralta, quienes junto a Guerrero son los tres principales imputados en el caso, y envió a juicio de fondo a otras 34 personas involucradas.
Justificó su decisión a favor de Castillo afirmando que del análisis objetivo del fáctico y de los elementos de prueba aportados, “quedó evidenciado que respecto de él, “no existen suficientes elementos de prueba que determinen con certeza más allá de toda duda, que se configura la calificación jurídica indicada por el órgano persecutor a los supuestos hechos cometidos respecto de los tipos penales...”.
Agrega que el MP “no ha podido relacionar la conexidad entre los supuestos fondos ilícitos obtenidos del supuesto entramado criminal con los depósitos y donaciones obtenidos por Castillo en su calidad de candidato presidencial para la campaña 2020- 2024, puesto que este era una figura pasible de recibir fondos de carácter lícito, por lo que es necesario el aporte de elementos de prueba suficientes para distinguir estos fondos con aquellos que no fueron recibidos conforme lo establece la ley de partidos”, concluye diciendo la jueza.
Pregunta obligada
Al respecto, Salcedo refirió que el derecho penal moderno descansa sobre las consistencia de los hechos y las pruebas, por lo que dijo, si la tesis del MP sostiene que los recursos entregados a Gonzalo eran por instrucciones de Donald, “¿cómo puede afirmarse la responsabilidad penal de quien supuestamente entrega los fondos y, al mismo tiempo, descartarse la de quien presuntamente los recibe? No se trata de reclamar culpabilidades sino de exigir coherencia jurídica”, señaló el jurista entrevistado por esta reportera.
Justicia no es selectiva
Afirmó que si un mismo hecho sirve para sostener una imputación, “debe ser examinado con el mismo rigor cuando sus consecuencias favorecen o perjudican a cualquiera de las partes”, e hizo referencia al caso de Angel Rondón, quien fue absuelto por la Suprema Corte de Justicia (SCJ) en el caso Odebrecht, “porque se entendió que no podía sostenerse la acusación de un soborno sin identificar y probar quien o quienes fueron sobornados”.
En este caso (Calamar), la pregunta es parecida: “Si la acusación del MP afirma que unos fondos fueron entregados por instrucciones de otra persona (Guerrero), cómo la misma prueba alcanza para favorecer a uno y al otro no?", apuntó.

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