Reciprocidad:(Del lat. reciprocĭtas, -atis) es el principio en virtud del cual, en ausencia de
normas respecto a una materia o como complemento a una norma existente, la conducta de
un Estado se ajustará exactamente a la adoptada por otro. Es una aplicación de la fórmula
latina “do ut des”, que significa, te doy para que me des.
Esta es una herramienta muy poco utilizada por algunas Embajadas, dejando de obtener
múltiples beneficios. Hay países que son bien permisivos con el cuerpo diplomático o con
algunas Embajadas acreditadas en este; otorgándoles más privilegios que los que les otorgan a
sus representantes en el país receptor.
Podemos citar: la asignación, tanto a la sede como a los funcionarios de seguridad por parte de
la policía nacional, cierre de calle o acera, acreditación de más funcionarios con relación a los
acreditados por su gobierno, exoneración de artículos más allá de los contemplados por la
Convención de Viena, asignación de estacionamientos, incluso hay países que por medio a la
reciprocidad, han llegado a la donación de sedes por ambos gobiernos.
“do ut des”
Ariel Alvarez