Logo La Nación Dominicana
Todo tu país, en un solo click...! | lunes, 25 de mayo del 2026
Banco de Reservas concluye con éxitos su segunda Feria Inmobiliaria Banreservas en Madrid Juez San Diego desestima pedido de anulación del acuerdo con BLA , de Fernando Tatis Jr Carolina Mejía sacude el PRM en Santiago: “Estoy lista para ser presidenta” Juan Soto fuera de la alineación este domingo por problemas de salud ; Cease y Guerrero Jr. abandonan el juego temprano Procuraduría rescata a 62 mujeres víctimas de explotación sexual y desmantela red de trata de personas en Cabarete Tras años de espera, una realidad acueducto múltiple en San José de Ocoa Centros Tecnológicos Comunitarios graduaron un grupo de personas privadas de libertad en un curso de Impresión y Grabado Láser Aguaceros de las últimas hora de este domingo afectan vías del Gran Santo Domingo con inundaciones urbanas y extensos charcos Al banquillo 15 miembros de banda juvenil acusados de pertenecer a la juvenil Dominican Don't Play (DDP), en España Popi Guerra hija de Juan Luis Guerra debuta como cantante frente a familiares, amigos y figuras del entretenimiento Trump dijo que EEUU no se precipitará a cerrar un acuerdo con Irán: “Las negociaciones avanzan de manera ordenada” Urbanda en etapa renovada con energía y una nueva visión Hoy celebra sus 93 años la legendaria Joan Collins, una de las grandes divas de la televisión y el cine clásico. Doña Monina Solá nacida en una fecha como hoy fue destacada actriz, y una mujer conservadora, dedicada a su arte dramático Héroes imponen su fortaleza en Moca y aseguran boleto a la siguiente ronda Finanzas y Real Estate destaca a la República Dominicana como un hub de inversiones inmobiliarias en el caribe Isabel Pantoja feliz con recibimiento de los dominicanos tras 13 años sin presentarse en suelo dominicano Encuentran hombre calcinado dentro de un vehículo ; había sido secuestrado en Boca Chica Servicio Secreto mata hombre que hizo disparos frente a la Casa Blanca New York Knicks vence 121-108 a los Cleveland Cavaliers y se ponen a uno para las finales, resúmen Dominicano Teoscar Hernández el hombre del palo; Stephen Kolek tira juego completo, Ketel, Otto y Perdomo caliente, resúmen Para este domingo 24 de mayo predominará un ambiente con lluvia ligera, temperatura calurosa Centros de la JCE habilitan horario especial nocturno para renovación de la nueva cédula Canciller de Ecuador llega este domingo a la República Dominicana para una visita oficial Ministerio de Defensa realiza gran operativo médico y acción cívica en Licey al Medio

John Garrido

PROCURADORIA NI PRISIONES PUEDEN TRASLADAR UN INTERNO

Conforme a la normativa procesal penal el traslado de un interno es una facultad exclusiva del juez penal.
El Código Procesal Penal en su artículo 437 establece que cualquier pedimento que realice un interno le corresponde al juez de la ejecución de la pena o al juez apoderado de lo principal.

Si el condenado se encuentra preso con sentencia definitiva y firme el traslado se le haría al juez de la ejecución de la pena y este lo ordenaría si hay mérito. En caso de que el imputado sea un preso preventivo, su traslado se le pediría al juez apoderado de lo principal y este sería quien ordenaría dicho traslado.

El artículo 437 del Código Procesal Penal combinado con el 40.12 y 149 de la Constitución colocan en manos del Poder Judicial que cualquier traslado de un interno –definitivo o preventivo- es una facultad exclusiva del juez penal.

El artículo 40.12 de la Constitución ordena que el traslado de un detenido debe ser realizado por una autoridad competente y el 149 dispone que el Poder Judicial es quien debe ejecutar lo decidido. Cualquier preso, la autoridad competente que tiene su control es un juez penal, o el de la ejecución de la pena, si ya tiene sentencia firme, o en cambio, el juez apoderado de lo principal si no hay sentencia definitiva.

A todo esto se suma, que cualquier petición, no importa cuál sea, que haga un interno deberá realizarla al juez penal según lo establecido por el artículo 437 del código procesal penal.

La Procuraduría General de la Republica a través de la Dirección General de Prisiones tenía esta facultad de trasladar a los presos según el artículo 9 de la ley 224 sobre Régimen Penitenciario. Sin embargo, esa parte de la ley 224 queda derogada por la implementación del Código Procesal Penal. Este último texto jurídico dispone en su artículo 449 que cualquier ley especial que le sea contraria queda derogada.

Por su parte el Tribunal Constitucional sentó un precedente rechazando en diciembre de 2013 y mediante sentencia dijo que la Dirección General de Prisiones no puede trasladar a un interno sin la orden de un juez, con lo que se “sentó un precedente ante las disposiciones administrativas de cambio de recintos carcelarios a los privados de libertad.”

La sentencia es la No. TC-233-13 y señaló: “Queda terminantemente prohibido el traslado de cualquier detenido de un establecimiento carcelario a otro lugar sin orden escrita y motivada de la autoridad competente”.

El orden jurídico no autoriza a la Procuraduría General de la República ni a la Dirección General de Prisiones trasladar a internos. La facultad de trasladar a un interno es exclusiva del juez penal.

A la procuraduría y a prisiones le está prohibido trasladar cualquier interno.

El autor es abogado penalista y Director del Foro Penal Dominicano.

Comentarios