El doctor Ramón Martínez Portorreal, tiene sobrada capacidad y mérito para ser elegido para el cargo de El Defensor del Pueblo por su amplia hoja curricular que exhibe.
A continuación su hoja curricular: CURRICULUM
Ramón Martínez Portorreal es Doctor en Ciencias Jurídicas (Universidad Autónoma de Santo Domingo- UASD-, 1978) y Magíster en Defensa y Seguridad Nacional (Instituto de Altos Estudios para la Defensa y Seguridad Nacional –IAEDESEN, Secretaria de Estado de las Fuerzas Armadas, 2003). Ha ejercido sin interrupción la carrera profesional de abogado de estrados, en materia penal y Derecho Internacional, principalmente.
En la actualidad es Director Ejecutivo del Instituto de Investigación, Documentación de los Derechos Humanos de la República Dominicana (IDH-RD). Es Miembro de la Comisión de elaboración y discusión del Libro Dominicano sobre la Defensa y la Seguridad Nacional.
Se desempeña como profesor en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, y ha sido profesor invitado en otros centros universitarios del país.
En 1985, trabajó como encargado de asuntos del Caribe de WOLA (Washington Office On Latín América) en Washington D.C. Ha sido Juez de Paz, Director de Asuntos Legales de la Cámara de Cuenta de la República Dominicana.
En 1995 fue designado Director General de Prisiones, organismo rector del Sistema Carcelario Dominicano, renunciando cuatro (4) meses después. En el 1983, junto a un grupo de ex-presos políticos, religiosos, periodistas, familiares de desaparecidos, funda el Comité Dominicano de los Derechos Humanos, CDH, y en 1986 el Instituto de Investigación Documentación y Derechos Humanos de la República Dominicana.- IDH-RD.
En el 1990, integra un Grupo de Abogados y Estudiantes de término de la carrera de Derecho, para conformar: Abogados por los Derechos Humanos, una Red de defensores públicos para la asistencia a Presos Preventivos.
En 1999 es designado Embajador Adscrito y Profesor de la Escuela Diplomática y Consular de la Secretaria de Estado de Relaciones Exteriores, donde continua impartiendo docencia en el área del Derecho Internacional Privado.
En el año 2000, es llamado a formar parte del equipo de Militares y Civiles, que integraría el Instituto Militar de los Derechos Humanos-IMDH- siendo designado Asesor y Miembro del Consejo de Dirección de dicha institución especializada de los Derechos Humanos, constituyendo la primera de su género en el seno de las Fuerzas Armadas.
Ha sido instructor invitado del Instituto de Cooperación para la Seguridad Hemisférica (WHINSEC), en Fort Benning, Georgia, EEUU., donde fue como Profesor Invitado del Departamento de Defensa de los Estados Unidos.
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El defensor del Pueblo (del sueco ombudsman, comisionado o representante), es una autoridad del Estado encargada de garantizar los derechos de los ciudadanos ante abusos que puedan cometer los poderes ejecutivo y, en su caso, legislativo de ese mismo Estado.
Algunos autores defienden que el Justicia de Aragón es el precursor del Defensor del Pueblo, que procede de la Constitución Sueca que estableció dicha figura en 1809 para dar respuesta inmediata a los ciudadanos ante abusos de difícil solución por vía burocrática o judicial. De ahí que en diversos idiomas se haga referencia a su nombre en sueco Ombudsman.
En los países hispanohablantes se denomina comúnmente Defensor del Pueblo, mientras que en los países francófonos suele llamarse Médiateur de la République y en los catalanófonos Síndic de Greuges. Algunos países también lo han titulado Defensor de los Ciudadanos.
Del mismo modo, existen diferencias entre el ombudsman y el defensor del pueblo en España, ya que mientras el Ombudsman fue diseñado para supervisar la Administración pública, el Defensor del Pueblo utiliza esta supervisión como instrumento para defender los derechos y libertades fundamentales, tal y como se desprende del art. 54 de la CE y de su ubicación dentro del Capítulo IV del Título I
La legitimación democrática del Defensor del Pueblo es indudable, pues en todos los casos procede de la elección parlamentaria, con mayoría cualificada y tras debate público sobre la figura del candidato.
Sin embargo, es independiente del Parlamento, el cual no puede enviarle instrucciones ni cesarle, salvo por causas tasadas. Se ha señalado que la efectividad de esta figura queda limitada por su incapacidad de imponer coactivamente sus decisiones a las autoridades concernidas.
Su capacidad de control reside sobre todo en la razonabilidad o persuasión de sus argumentos, por lo que adquiere un carácter más político que judicial. Sin embargo, la experiencia demuestra que buena parte de sus recomendaciones suelen ser atendidas por los poderes públicos.
En algunos países, el Defensor del Pueblo tiene capacidad para presentar acciones o recursos ante la Corte Suprema o el Tribunal Constitucional, en su caso.
El Defensor del Pueblo se ha desarrollado especialmente en el continente americano, siguiendo el modelo español. Las instituciones del continente se agrupan en la Federación Iberoamericana de Ombudsman, organización muy activa en la defensa de los derechos humanos en la región, que publica anualmente un importante Informe sobre derechos humanos.
Defensorías del Pueblo de: Argentina, Colombia, Costa Rica, Ecuador El Salvador España, (País Vasco), (Segovia), (Andalucía), (Murcia), (Navarra), Diputado del Común (Canarias), Justicia de Aragón (Aragón), Procurador del Común (Castilla y León), Procurador General (Principado de Asturias), Síndic de Greuges (Cataluña), Síndic de Greuges (Comunidad Valenciana), Valedor do Pobo (Galicia), Guatemala: Procuraduría de los Derechos Humanos, Honduras: Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, México: Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED) (México), Nicaragua Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos de Nicaragua, Panamá: Defensoría del Pueblo, Perú: Defensoría del Pueblo, Unión Europea: Defensoría del Pueblo Europeo, Uruguay: Defensor del Pueblo, Venezuela: Defensoría del Pueblo.