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Miguel Angel Paredes M.

Alta Gerencia: Defensor del Pueblo de que

El poder ejecutivo dispone de más de diez organismos para atender los problemas del transporte; unas ocho instituciones dedicadas a los problemas de viviendas y más de cuatro órganos para enfrentar los problemas de desarrollo de la comunidad.

Esa duplicidad de funciones generalizada en el estado Dominicano representa para este un necesario alto costo operativo, cuyos gastos podrían ser mejor utilizando en la solución de otros problemas más prioritarios de la sociedad Dominicana. Aun conociendo nuestros legisladores esta realidad y en lugar de cumplir el mandato constitucional de “garantizar la racionalidad del gasto publico…” (Art.75, inciso 6), prefieren continuar con la carrera desenfrenada de duplicidad de funciones con la designación del defensor del pueblo.

Este es un cargo superfluo aunque lo exprese la constitución en su art.190 y la ley 19-01 que lo crea. Para todas las funciones que pueda desempeñar esta incumbente, el estado Dominicano dispone de organismos

especializados en el orden constitucional, administrativo, de justicia, electoral, medio ambiente, de fiscalización y control, de defensor del consumidor, etc.

El liderato político Dominicano pudo haber postergado esta designación innecesaria que solo servirá para malgastar RD$ 600 ó 700 millones, durante el período de su designación. ¿Para que sirve una institución pública que no tiene facultad de sancionar ni de obligar a las autoridades?. Un país pobre como el nuestro no puede darse el lujo de gastar cientos de millones de pesos en un organismo solo para hacer sugerencias y persuadir a las autoridades. Sus resoluciones no obligan a institución y funcionario alguno a cumplirlas, ni tiene potestad para someter a nadie por anomalías encontradas. Con la creación de una superestructura como esta se esta creando un monstruo para devorar las arcas del estado Dominicano, solo para elaborar sugerencias, informes y archivarlos.

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