Consagrado bajo la Ley 74-25), lo que marca el reemplazo definitivo del código que databa del año 1884.
Desde este lunes estrenamos el nuevo Código Penal de la República Dominicana
- Sustitución histórica: Reemplaza una pieza legal anacrónica de más de un siglo adaptando las penas a los estándares jurídicos contemporáneos. [1, 2]
- Nuevas tipificaciones: Incorpora de manera formal delitos tecnológicos e informáticos, daños medioambientales, crímenes contra la administración pública y mayor rigor en delitos económicos. [1]
- Protección ciudadana: Fortalece los mecanismos de persecución contra la delincuencia organizada y amplía la protección efectiva de las víctimas. [1, 2]
- Aplicación judicial: Jueces, fiscales y tribunales nacionales tienen la obligación de regirse por las nuevas disposiciones a partir de su apertura este lunes. El texto completo de la legislación se puede consultar directamente a través de la plataforma de la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo.
- Tecnológicos e Inteligencia Artificial: Se castigan penalmente el ciberbullying (2 a 5 años de prisión) y la difusión de deepfakes (videos, audios o imágenes falsas generadas por IA) con fines de extorsión o chantaje.
- Violencia de Género y Social: Se incluye por primera vez el feminicidio de forma explícita. También se tipifican el sicariato, el bullying escolar o físico (con penas de hasta 10 años), y los ataques con sustancias químicas (como el "ácido del diablo"). [1, 2, 3, 4, 5]
- Delitos Financieros Modernos: Se penalizan las estafas piramidales (de 5 a 10 años de prisión) y la intermediación financiera no regulada. [1, 2]
- Corrupción Administrativa y Estado: Se tipifica y refuerza el castigo para el enriquecimiento ilícito, el tráfico de influencias (activo y pasivo) y la desaparición forzada. [1, 2]
- Otros delitos: El autosecuestro, la falsa denuncia, el dopaje deportivo, y la invasión u ocupación ilegal de propiedades. [1]
- Aumento de la Pena Máxima Individual: La condena máxima de prisión para un único delito grave (como feminicidio o asesinato agravado) se eleva de 30 a 40 años.
- Cúmulo de Penas: Por primera vez se permite la acumulación de condenas cuando un criminal comete múltiples delitos graves en un mismo hecho, estableciendo un tope histórico de hasta 60 años de prisión.
- Nueva Escala de Multas: Se elimina el obsoleto sistema de pesos oro del código viejo. Las multas se calculan ahora en base al salario mínimo del sector público, divididas en escalas que van desde 1 hasta 1,000 salarios mínimos, o penalizaciones proporcionales de hasta 20 veces el monto del fraude cometido.
- Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas: Las empresas, sociedades comerciales y organizaciones ahora pueden ser imputadas penalmente y sancionadas de forma independiente si son utilizadas como fachadas para cometer ilícitos.
- Inhabilitación por Corrupción: Los condenados por desfalco o sobornos reciben la inhabilitación permanente para ejercer funciones públicas, eliminando las antiguas suspensiones de carácter puramente temporal.
- Ampliación de la Prescripción: Para delitos de abuso sexual contra menores de edad, el plazo para que la acción penal expire se extiende hasta los 30 años, contados a partir de que la víctima cumple la mayoría de edad.
Una comisión dará seguimiento a la nueva legislación
Junto con la promulgación, el mandatario emitió el Decreto 507-26, mediante el cual creó una comisión de seguimiento encargada de evaluar la implementación del Código Penal y presentar propuestas de mejora una vez la normativa comience a aplicarse.
El organismo será presidido por Milton Ray Guevara, y sus integrantes ejercerán sus funciones de manera honorífica.
La comisión también estará integrada por:
- Leyda Margarita Piña Medrano.
- Pedro Balbuena.
- Ricardo Rojas León.
- Julio César Castaños Guzmán.
- Luz Díaz.
- José Lorenzo Fermín.
- Eduardo Jorge Prats.
- Alejandro Moscoso Segarra.
- Aníbal de Castro.
- Persio Maldonado.
Su misión será analizar la aplicación de la legislación e identificar aquellos aspectos que puedan requerir futuras modificaciones.
Gobierno habla de una legislación modernizada
Al anunciar la promulgación, la Presidencia de la República afirmó que el país contará con un Código Penal «fortalecido mediante el consenso democrático y un proceso de revisión institucional y técnica de los aspectos reformados».
Asimismo, sostuvo que la reforma representa un paso hacia la modernización del marco jurídico nacional al incorporar nuevos tipos penales acordes con la realidad actual.
El Poder Ejecutivo señaló además que la nueva legislación busca fortalecer el debido proceso, la protección de los derechos fundamentales, la transparencia institucional, el sistema de justicia y la actualización de los delitos frente a los desafíos sociales contemporáneos.
Una reforma que continuará bajo observación
Aunque el proceso legislativo concluyó con la promulgación presidencial, la creación de una comisión de seguimiento evidencia que el nuevo Código Penal continuará siendo objeto de evaluación.
Durante las últimas semanas, distintos sectores habían solicitado al Poder Ejecutivo promulgar la normativa antes de que concluyera el período de vacatio legis, al considerar que cualquier ajuste adicional podría realizarse posteriormente mediante nuevas reformas.
Con la entrada en vigencia prevista para este 3 de agosto, el país inicia una nueva etapa en la aplicación de su legislación penal, mientras la implementación del texto y sus efectos prácticos pasarán a ser el próximo foco de atención.

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