Jorge A. Abreu Eusebio
Mascarada mediática en campaña contra las Escuelas Parroquiales y Licateba. (III)
Por: Lic. Jorge A. Abreu Eusebio.
Dentro de los derechos de los ciudadanos y ciudadanas están, entre otros el “formular peticiones a los poderes públicos para solicitar medidas de interés público y obtener respuesta de las autoridades en el término establecido por las leyes que se dicten al respecto y denunciar las faltas cometidas por los funcionarios públicos en el desempeño de su cargo”.
Toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones. En consecuencia: 1) La educación tiene por objeto la formación integral del ser humano a lo largo de toda su vida y debe orientarse hacia el desarrollo de su potencial creativo y de sus valores éticos. 2) La familia es responsable de la educación de sus integrantes y tiene derecho a escoger el tipo de educación de sus hijos menores; 3) El Estado garantiza la educación pública gratuita y la declara obligatoria en el nivel inicial, básico y medio. 4) El Estado velará por la gratuidad y la calidad de la educación general y el cumplimiento de sus fines. La inversión del Estado en la educación deberá ser creciente y sostenida”, garantizando la libertad de enseñanza”.
Los derechos fundamentales determinan la existencia de un orden de responsabilidad jurídica y moral, que obliga la conducta del hombre y la mujer en sociedad al cumplimiento de sus deberes fundamentales. Constituyen deberes: Tributar, de acuerdo con la ley y en proporción a su capacidad contributiva, para financiar los gastos e inversiones públicas; cooperar para fines de la asistencia y seguridad social, de acuerdo con sus posibilidades; Actuar conforme al principio de solidaridad social; Los ciudadanos y ciudadanas tienen una corresponsabilidad social para hacer efectivas las políticas educativas coadyuvando con las cargas y tomando decisiones al respecto.
Como garantía del Estado Democrático de Derecho y dentro de la sujeción al debido proceso, entre otras prerrogativas, toda persona tiene derecho a que se presuma su inocencia y a ser tratada como tal, mientras no se haya declarado su culpabilidad por sentencia irrevocable, no pudiendo ser juzgada sino conforme a leyes preexistentes al acto que se le imputa, ante juez o tribunal competente y con observancia de la plenitud de las formalidades propias de cada juicio y donde las normas del debido proceso se aplicarán a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas”.
El Estado Dominicano como garante de la gratuidad de la Educación actúa en dos vertientes desde el punto de vista financiero: por un lado subvencionando Centros Educativos y por el otro brindando una cobertura total a los mismos. La Escuela Parroquial Cristo Rey se inscribe en la primera vertiente y la misma desde su fundación se ha apoyado de manera férrea en la comunidad, revirtiendo hacia la misma los frutos de una educación de calidad, coadyuvando con la integridad o cohesión familiar y social, con el fortalecimiento de los valores éticos, morales, patrióticos, religiosos y sobre todo un apoyo dirigido a la mitigación efectiva de males y carencias existentes, para ayudar a cristalizar los sueños que apuntan hacia objetivos tangibles de superación personal. Una verdadera obra cristiana, altruista, acorde con los lineamientos propios de la Educación Salesiana y sujetos a un orden moral y normativo verificable y verificado, sin soslayar ni vulnerar los límites de la Constitución, las Leyes, las Ordenanzas, ni los Reglamentos, acciones compatibles con el orden público, las buenas costumbres, el interés general y en beneficio del bien común: hacia donde siempre el Padre Ronny ha enfocado sus objetivos y de manera constante el Centro Educativo Parroquial.
En el año lectivo 2013-2014 la Escuela Parroquial Cristo Rey tuvo una matrícula de quinientos sesenta y ocho (568) estudiantes y por concepto de aportes por mensualidades ingresó un monto de RD$854,536.00 (ochocientos cincuenta y cuatro mil quinientos treinta y seis pesos Dominicanos), lo que arroja un promedio de RD150.00 (ciento cincuenta pesos dominicanos) por cada estudiante; en el renglón de aportes por inscripción ingresaron RD$113,050.00 (ciento trece mil cincuenta pesos dominicanos) equivalentes a RD$19.90 (diez y nueve pesos con noventa centavos) por cada estudiante; Tomando estas y otras partidas ingresadas de las actividades propias del Centro, los Ingresos versus Egresos, se tuvo un Déficit de RD$225,367.39 (doscientos veinticinco mil trescientos sesenta y siete pesos con treinta y nueve centavos), donde se evidencia de manera irrefutable que aunque se establezca, por los órganos que faculta la Ley de Educación, una tarifa de RD$400.00 (cuatrocientos pesos) como aporte de inscripción y de RD$100.00 (cien pesos) para los estudiantes de 1ro y 2do teórico, así como de RD$200.00 (doscientos pesos) para los de 3ro. y 4to. Teórico, en la práctica nunca eso se ha cobrado a pena de inadmisibilidad; el que tiene da lo que puede y el que no amén y se les brinda la misma calidad educativa y son acreedores de todos los derechos y prerrogativas que los demás.
¿De dónde es que se sacan datos irreales, inverosímiles o al azar, movidos quizás por la animosidad, para venderlos como un hecho real ante la opinión pública con animus iniuriandi o animus nocendi?; ¿Se ha dado cumplimiento a los roles y competencias? ; Jesús dijo: “¡Camada de víboras! ¿Cómo podéis hablar cosas buenas siendo malos? Porque de la abundancia del corazón habla la boca. (Mateo 12:34)”