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Haivanjoe Ng Cortiñas

El casus belli del PLD: La modificación constitucional

Durante las últimas semanas el PLD ha sido la principal noticia política, y no es para menos, el tema Constitucional origina el ecuador que mantiene dividido al partido de Bosch, en dos partes: La que corresponde a los principales dirigentes de la corriente del presidente de la República, licenciado Danilo Medina, promoviendo la modificación Constitucional por segunda vez consecutiva y la otra, la del ex presidente de la República, doctor Leonel Fernández, oponiéndose; por considerar que se irrespeta la Constitución.

Desde el 1963, la Carta Magna de la República Dominicana ha sido cambiada en cinco ocasiones: La primera, fue una modificación integral impulsada por el gobierno del profesor Juan Bosch; la segunda modificación, la acordada en el 1994, por motivo de la crisis político-electoral de ese año, que hizo recortar el periodo presidencial a dos años; la tercera, se produjo en el 2002 para dar paso a la repostulación del presidente Hipólito Mejía; la cuarta, en el 2010, promovida por el doctor Leonel Fernández, quien la modificó en forma integral; la quinta y última en el 2015, impulsada por el presidente Danilo Medina, para posibilitar su repostulación.

Los defensores de la modificación constitucional argumentan que: El Presidente ha realizado un buen gobierno y que es injusto que se le prohíba solo al Presidente, no poder presentarse nueva vez como candidato presidencial. En cambio, el doctor Leonel Fernández ha considerado que: Se atenta contra la estabilidad democrática e institucional de la nación, el modificar la Carta Magna; pues no sólo da una señal de inseguridad jurídica, sino también de perpetuidad en el poder.

En la misma línea de uno de los lados del ecuador, conforme a los resultados de la encuesta Gallup, la población se muestra contraria a una modificación Constitucional, en un porcentaje cada vez mayor, al pasar de marzo a octubre del 2018 de 66.9 % a 71.4 %.

Lo de ´injusto´ podría ser relativo o un juicio de valor, pues el presidente Medina fue candidato presidencial en el 2000, precandidato en el 2007, candidato en el 2012 y candidato nueva vez, en las elecciones nacionales del 2016.

En ocasión de la modificación constitucional del 2015, el Presidente de la República manifestó en el Acto de Proclamación de su candidatura, el 30 de agosto del año indicado precedentemente que, y citamos: "Juro aquí, ante todos ustedes y ante Dios, como testigo, que es mi última candidatura a la presidencia de la República Dominicana".

Lo expresado por el Presidente de la República, al jurar que no volverá a presentarse como candidato, estaba diciendo que respeta lo dispuesto por el artículo 124 de la Constitución del 2015; el mismo que promovió modificarla en un solo dispositivo, que indica que: "El Poder Ejecutivo lo ejerce el presidente o la presidenta de la República, quien será elegido o elegida cada cuatro años, por voto directo. El presidente o la presidenta de la República podrá optar por un segundo período constitucional consecutivo y no podrá postularse jamás al mismo cargo, ni a la vicepresidencia de la República".

Lo dicho en el Juramento del Presidente de la República, al ser proclamado Candidato Presidencial por el PLD, para las elecciones del 2016, fueron sus propias palabras. De manera que no existe evidencia por parte de él, de que no la cumplirá; sin embargo, sí existen abundantes declaraciones de cercanos colaboradores políticos y funcionarios, favoreciendo una nueva repostulación, para lo cual tendrían que modificar la Constitución en condiciones muy distintas a las del 2015 y justo es esa la causal que daría motivo para la guerra en el PLD, lo que en latín le llaman casus belli; y que lo conduciría a su división y derrota.

Más recientemente, en el discurso pronunciado en el Congreso de la Internacional Socialista, celebrado en Santo Domingo el mes pasado: El Presidente de la República habló de la importancia de la unidad partidaria. Sus palabras darían razones para pensar que cumplirá con su juramento y que, por lo tanto, no habrá un casus belli en el PLD, vale decir, motivo de guerra. En caso contrario, las consecuencias serían muy dañinas para la compactación del partido político creado por Bosch.

De considerarse que se le estarían recortando sus derechos, como han argumentado no sólo el presidente Medina, sino también otros seguidores; habría que recordarles que respetar la Constitución del 2015 y su artículo 124, no es recortar derechos, pues lo que dispone el referido artículo fue resultado de su propia decisión y autoría.

En el PLD no habrá un casus belli, si no se intenta modificar la Constitución. En caso contrario, los motivos de guerra sobrarán en Derecho y en Política, al interior del Partido de Gobierno y la división del partido estaría mucho más cerca que las elecciones del 2020, dando paso a la posibilidad de interrupción de la estabilidad económica y política, que se ha disfrutado en el país durante los últimos 15 años, escenario en el que ningún dominicano se sentiría agradecido.

 

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