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Juan Rosario

Atención al Ministro de Salud Publica

El derecho a la salud fue establecido primero por la Constitución de la OMS (1946) que estipula: “El goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano…”

El Derecho a la Salud se refiere a que la persona tiene como condición innata, el derecho a gozar de un medio ambiente adecuado para la preservación de su salud, el acceso a una atención integral y el respeto a su concepto del proceso salud. Este derecho es inalienable, y es aplicable a todas las personas sin importar su condición social, económica, cultural o racial.

El derecho a la salud, por lo tanto, está estrechamente ligado a otros derechos humanos fundamentales y su materialización depende de la realización de estos otros, especialmente el derecho a al agua (que incluye el derecho al acceso al agua potable y a saneamiento adecuado) y el derecho a la alimentación.

De acuerdo a la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, se reconoce la salud como derecho inalienable e inherente a todo ser humano. Esto implica la obligación del estado de respetar, proteger y garantizar el derecho a la salud de todos sus ciudadanos, no sólo asegurando el acceso a la atención de salud, sino también la atención adecuada.

No obstante a no cumplir con el orden jurídico internacional también incumplimos con nuestra constitución en los artículos 37, 38 y 39 donde consagran el derecho a la vida, la dignidad humana y por supuesto el derecho a la igualdad donde este último dice lo siguiente; “Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, reciben la misma protección y trato de las instituciones, autoridades y demás personas gozan de los mismos derechos”, el propio artículo 61 de nuestra constitución habla bien claro de que toda persona tiene derecho a la salud integral, es por ello que el estado debe velar por la protección de la salud de todas las personas y tratamiento de todas las enfermedades, asegurando el acceso a medicamentos de calidad y dando asistencia médica y hospitalaria gratuita.

La pregunta que les hacemos a los lectores del presente artículo es la siguiente; ¿El Ministerio de Salud Pública cumple con esas obligaciones?, somos del criterio de que no en vista de que el sistema de nuestro país da pena, el sistema de salud reproduce las desigualdades sociales existentes y contribuye poco a atenuar las diferencias de oportunidades que se corresponden con los niveles de ingresos. Sigue siendo un sistema excluyente, poco integrador que proporciona escasa participación a sus beneficiarios.

En este momento no tenemos cobertura universal, no tenemos calidad y no tenemos un costo razonable, porque cuando el servicio de salud es de calidad es muy cara y cuando es barata no tiene calidad.

Luego de ver el ordenamiento jurídico internacional y nuestra propia carta magna da pena y vergüenza que hoy en día nuestro país no pueda contar con un Ministerio de Salud Pública que trabaje de manera efectiva, arrojando resultados de cambios y sobre todo de esperanza para un pueblo que está cansado de no ser atendido, ni escuchado.

Le recordamos al honorable Ministerio de Salud Pública que parte de dirigir las políticas públicas en materia de salud es la prevención y es lamentable que en nuestro país no se practique, si usted ciudadano no previene y se cuida se enferma, sino me cree solo verifique el último caso con relación a la “Chicunkunya”, todo esto por no llevar la prevención de manera directa mediante la educación y las vacunas ya que permiten prevenir la propagación de enfermedades.

Si como funcionarios no se preocupan por el derecho más fundamental del mundo, las enfermedades seguirán creciendo, el estado no debe olvidar la obligación estatal la cual implica la provisión de una atención integral, continua y equitativa. Recoge las dimensiones de promoción, prevención, curación y rehabilitación. Involucra el derecho y responsabilidad de las personas, familias y comunidades de ser protagonistas de su propia salud así como exigir y vigilar el cumplimiento del derecho a la salud.

No quisiéramos ser mal entendidos, con el presente artículo solo tratamos de concientizar a la población de cuáles son sus derechos y por igual recalcarle al Ministerio de Salud cuáles son sus responsabilidades con los ciudadanos.

El escritor es Abogado, con Maestría en Seguridad Social.


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